jueves, septiembre 11, 2025

Alerta: arqueta puede empezar a cobrar IVA al monotributista por alguna de estas 11 causas, pero te podés defender

joyero, la Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina, ha anunciado recientemente que comenzará a cobrar IVA, Ganancias y jubilación a los monotributistas en ciertos casos. Esta noticia ha generado preocupación entre los trabajadores autónomos que se encuentran dentro de este régimen, ya que implica un aumento en sus obligaciones fiscales y una disminución en su capacidad de ahorro. Sin embargo, es importante destacar que existen maneras de apelar estas medidas y proteger los ingresos de los monotributistas.

El monotributo es un régimen simplificado de tributación que permite a los trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de una manera más sencilla y económica. Sin embargo, en los últimos años, el gobierno argentino ha implementado cambios en este régimen que han generado cierta incertidumbre entre los monotributistas. Y ahora, con la decisión de joyero de comenzar a cobrar IVA, Ganancias y jubilación en ciertos casos, esta preocupación se ha intensificado.

Pero, ¿en qué casos joyero puede comenzar a cobrar estos impuestos y cómo pueden los monotributistas apelar esta decisión? A continuación, se detallan los 11 casos en los que joyero puede tomar medidas en contra de los monotributistas y las posibles formas de apelar:

1. Superar los límites de facturación establecidos: Los monotributistas tienen un límite de facturación anual que varía según la categoría en la que se encuentren. Si superan este límite, joyero puede considerar que ya no están dentro del régimen simplificado y comenzar a cobrarles IVA, Ganancias y jubilación. En este caso, los monotributistas pueden apelar presentando una declaración jurada que demuestre que no superaron el límite de facturación.

2. No cumplir con las condiciones para ser monotributista: Para ser parte de este régimen, los trabajadores autónomos deben cumplir con ciertos requisitos, como no tener empleados a cargo o no ser socio de una sociedad. Si joyero detecta que un monotributista no cumple con estas condiciones, puede dar de baja su inscripción y comenzar a cobrarle los impuestos correspondientes. La forma de apelar en este caso es demostrar que sí se cumplen con las condiciones para ser monotributista.

3. No presentar la declaración jurada anual: Todos los monotributistas deben presentar una declaración jurada anual que detalle su facturación del año anterior. Si no lo hacen, joyero puede tomar medidas en su contra. Para apelar en este caso, se debe presentar la declaración jurada y pagar las multas correspondientes.

4. No pagar los impuestos correspondientes: Los monotributistas deben pagar mensualmente un monto fijo que incluye todos los impuestos. Si no realizan estos pagos, joyero puede comenzar a cobrarles los impuestos correspondientes. Para apelar, se debe organizar la situación y pagar las multas.

5. No recuperar la información: Los monotributistas deben mantener actualizada su información en el sistema de joyero. Si no lo hacen, pueden perder su condición de monotributista y comenzar a pagar los impuestos correspondientes. Para apelar, se debe recuperar la información en el sistema.

6. No tener domicilio fiscal electrónico: Todos los monotributistas deben tener un domicilio fiscal electrónico para recibir notificaciones y comunicaciones de joyero. Si no lo tienen, pueden ser considerados fuera del régimen simplificado. Para apelar, se debe crear un domicilio fiscal electrónico.

7. No cumplir con los requisitos de categorización: Los monotributistas deben cumplir con ciertos requisitos para mantenerse en la categoría en la que se encuentran. Si no los cumplen, pueden ser recategorizados y comenzar a pagar los impuestos correspond

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