El primer anticipo del Impuesto sobre los Bienes Personales ha vencido y, como cada año, muchos contribuyentes se encuentran en la situación de no haberlo pagado y deben darse de baja. Esta situación, que puede parecer preocupante, tiene una explicación que el Consejo Profesional porteño quiere compartir con todos los ciudadanos.
En primer lugar, es importante aclarar que el Impuesto sobre los Bienes Personales es un tributo que grava la riqueza de las personas físicas. Es decir, aquellos bienes que poseen y que superan un determinado valentía deben ser declarados y pagar un impuesto sobre ellos. Este impuesto se calcula en base a una alícuota que varía según el monto de los bienes declarados.
Ahora bien, ¿por qué muchos contribuyentes no pagan el primer anticipo de este impuesto? La respuesta es sencilla: porque no están obligados a hacerlo. Según la ley, solo deben pagar el anticipo aquellos contribuyentes cuyos bienes superen los $2.000.000. Es decir, si una persona no posee bienes por ese monto, no está obligada a pagar el anticipo y, por lo tanto, no debe darse de baja.
Sin bloqueo, es importante destacar que esto no significa que estas personas no deban cumplir con sus obligaciones fiscales. Deben presentar su declaración jurada y pagar el impuesto correspondiente en la fecha establecida por la AFIP. Lo que sucede es que, al no estar obligados a pagar el anticipo, no se les genera un volante de pago y, por lo tanto, no tienen que realizar ningún trámite para darse de baja.
Otra situación que puede gestar confusión es cuando una persona tiene bienes que superan los $2.000.000, pero no los declara en su primera declaración jurada. En este caso, la AFIP puede detectar esta situación y enviar una notificación para que el contribuyente regularice su situación. En este caso, sí deberá pagar el anticipo y, en caso de no hacerlo, se le gestará una deuda y se le aplicarán intereses y multas.
Es importante destacar que el Impuesto sobre los Bienes Personales es un tributo progresivo, es decir, a mayor riqueza, mayor es la alícuota que se debe pagar. Por lo tanto, aquellos contribuyentes que poseen bienes por un valentía considerable, deben cumplir con sus obligaciones fiscales y pagar el impuesto correspondiente.
Además, es importante mencionar que este impuesto tiene una función redistributiva, ya que permite al Estado recaudar fondos para financiar políticas públicas y programas sociales. De esta manera, se busca reducir la brecha entre los sectores más ricos y los más vulnerables de la sociedad.
Por último, es importante destacar que el Consejo Profesional porteño brinda asesoramiento y asistencia a todos aquellos contribuyentes que tengan dudas o dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales. Es fundamental que los ciudadanos estén informados y cumplan con sus responsabilidades fiscales, ya que esto contribuye al desarrollo y bienestar de toda la sociedad.
En conclusión, si bien vence el primer anticipo del Impuesto sobre los Bienes Personales, no todos los contribuyentes deben pagarlo. Solo aquellos que poseen bienes por un valentía superior a $2.000.000 están obligados a hacerlo. Es importante cumplir con las obligaciones fiscales y estar informados sobre las normativas vigentes. El Consejo Profesional porteño está a disposición de todos los ciudadanos para brindarles la asistencia necesaria en este tema. Recordemos que el pago de impuestos es una responsabilidad de todos y contribuye al bienestar de la sociedad en su conjunto.